Animales de compañia y peligrosos

En este Departamento debe tramitar la concesión de la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, así como inscribir el perro en el registro de animales. También puede realizar cualquier trámite o comunicar cualquier incidencia relacionada con este tema.

Los animales de las especies caninas potencialmente peligrosos son: American staffordshire terrier, Staffordshire bull terrier, Perro de presa mallorquín, Fila brasileño, Perro de presa canario, Bullmastiff, American pitbull terrier, Rottweiler, Bull terrier, Dogo de burdeos, Tosa inu, Dogo argentino, Doberman, Mastín napolitano, Cruces con estas razas, Animales agresivos que hayan mordido a persona o animales y cuya agresión haya sido notificada o pueda ser demostrada y Perros adiestrados para el ataque.

Los requisitos para la obtención de la licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos:

* Tener mayoría de edad y no estar incapacitado para proporcionar los cuidados necesarios al animal.

* No haber sido condenado por delitos o faltas contra el orden público, o por delitos de homicidio, lesiones, torturas, contra la libertad sexual y la salud pública, de asociación con banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado por resolución judicial del derecho a la tenencia de estos animales.

* No haber sido sancionado por infracciones graves o muy graves en materia de tenencia de animales potencialmente peligrosos.

* Disponer de capacidad física y aptitud psicológica para la tenencia de los mismos.

* Acreditar la formalización de un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros con una cobertura no inferior a ciento veinte mil doscientos dos euros con cuarenta y dos céntimos (120.202'42 €).

Documentación a presentar para solicitar la licencia administrativa de tenencia de perros potencialmente peligrosos e inscripción en el registro de animales potencialmente peligrosos:

* Documento Nacional de Identidad o Pasaporte (original y copia).

* Certificado de antecedentes penales (original).

* Certificado de aptitud psicológica (original).

* Justificante de seguro de responsabilidad civil con cobertura de 120.202'42 € por daños a terceros que los animales pudieran ocasionar (original y copia).

* 2 fotografías por cada perro.

* Cartilla de vacunaciones (original y copia).

Existe diferente normativa tanto Estatal, Autonómica como Local que regula la tenencia de animales de compañía y animales potencialmente peligrosos.

- Ley 4/1994, de 8 de julio, de la Generalitat Valenciana, sobre Protección de Animales de Compañía.
- Decreto 158/1996, de 13 de agosto, del Gobierno Valenciano, por el que se desarrolla la ley anterior.
- Ley 50/1999, de 23 de diciembre, de Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.
- Decreto 145/2000, de 26 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que se desarrolla la ley anterior.
- Orden de 25 de septiembre de 1996 de la Consellería de Medio Ambiente, por el que se regula el sistema de identificación de animales de compañía.
- Ordenanza reguladora de la tenencia de animales de compañía y animales potencialmente peligrosos. 

Perrera Municipal

Existe un Convenio entre Ayuntamiento y A.P.A.S.A. (Asociación Protectora de Animales de San Antonio) para la gestión de la Perrera Municipal.
 

Etiquetas: