Servicios Sociales de Xàbia abre el plazo de solicitud de las ayudas en materia de vivienda para paliar las situaciones de especial vulnerabilidad
25 ago 2023 Los beneficiarios podrán recibir un máximo de 600 euros mensuales, durante el plazo de seis meses
La concejalía de Servicios Sociales del Ajuntament de Xàbia, que dirige Fátima Jarjor, ha abierto la convocatoria de ayudas para las familias y personas de especial vulnerabilidad en materia de vivienda que equivalen a unos 600 euros mensuales por vivienda, durante un máximo de 6 meses.
El plazo máximo para solicitar estas ayudas termina el día 30 de noviembre y las solicitudes se tienen que presentar en el registro general del Ayuntamiento dirigidas al Departamento de Servicios Sociales, en la Oficina de Atención Ciudadana o en la sede electrónica que está abierta 24/7 los 365 días del año.
Los requisitos para poder acogerse a estas ayudas son estar empadronado en Xàbia; ser víctima de violencia de género, víctimas de tráfico con finalidades de explotación sexual, víctimas de violencia sexual, a las personas que hayan sufrido un desahucio de la vivienda habitual, a las personas sin hogar, peticionarias de asilo, refugiados, apátridas, acogimientos en régimen de protección temporal u otros estatutos de protección subsidiaria y a otras personas especialmente vulnerables. Así como ser titular en calidad de persona arrendataria de un contrato de alquiler formalizado en los términos de la Ley 29/1994 de Alquileres Urbanos.
Al respecto de la vivienda alquilada, las bases recogen que deberá ser la residencia habitual de la persona o la unidad de convivencia perceptora de la ayuda.
Por otra parte, las bases incluyen que la persona arrendataria o titular del derecho de ocupación de la vivienda, o cualquier de las que en ella tengan su domicilio habitual, no debe tener parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con la persona que tenga la condición de alquiladora o cesionaria de la vivienda, excepto situaciones excepcionales debidamente justificadas por Servicios Sociales. Tampoco podrá ser socia o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como alquiladora o cesionaria.
Otra de las exigencias que deben cumplir los beneficiarios de esta línea es que se concede para “el pago del alquiler del precio o de cesión, u ocupación de la vivienda adecuada, de titularidad privada o sobre cualquier alojamiento o dotación residencial susceptible de ser ocupada por las personas beneficiaras citadas, en los mismos regímenes”.
La cuantía de la ayuda que se concede establecerá “atendiendo las circunstancias personales de la persona beneficiaria y de conformidad con el informe que, a estos efectos, se emita por los Servicios Sociales, hasta el cien por cien de la renta o precio de la vivienda o solución residencial a disfrutar en régimen de arrendamiento cesión de uso, o cualquier régimen de disfrute temporal admitido en derecho”, con un máximo en todo caso, de 600 euros al mes, durante un plazo de seis meses “siempre y cuando se mantengan las condiciones del otorgamiento”.
Las ayudas se concederán, previa justificación del gasto, para el pago de un máximo de seis meses de alquiler, siempre que se mantengan las condiciones de su otorgamiento y exista consignación presupuestaria y podrán ser aplicables, con carácter retroactivo, a los gastos devengados durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.
La concejala Fátima Jarjor ha señalado que estas ayudas se financian con una línea de subvenciones de la Generalitat y ha indicado que “toda la información, detalles y requisitos se pueden consultar íntegramente en la sede electrónica del Ayuntamiento, así como en el Centro Social”.
La concejalía de Servicios Sociales del Ajuntament de Xàbia, que dirige Fátima Jarjor, ha abierto la convocatoria de ayudas para las familias y personas de especial vulnerabilidad en materia de vivienda que equivalen a unos 600 euros mensuales por vivienda, durante un máximo de 6 meses.
El plazo máximo para solicitar estas ayudas termina el día 30 de noviembre y las solicitudes se tienen que presentar en el registro general del Ayuntamiento dirigidas al Departamento de Servicios Sociales, en la Oficina de Atención Ciudadana o en la sede electrónica que está abierta 24/7 los 365 días del año.
Los requisitos para poder acogerse a estas ayudas son estar empadronado en Xàbia; ser víctima de violencia de género, víctimas de tráfico con finalidades de explotación sexual, víctimas de violencia sexual, a las personas que hayan sufrido un desahucio de la vivienda habitual, a las personas sin hogar, peticionarias de asilo, refugiados, apátridas, acogimientos en régimen de protección temporal u otros estatutos de protección subsidiaria y a otras personas especialmente vulnerables. Así como ser titular en calidad de persona arrendataria de un contrato de alquiler formalizado en los términos de la Ley 29/1994 de Alquileres Urbanos.
Al respecto de la vivienda alquilada, las bases recogen que deberá ser la residencia habitual de la persona o la unidad de convivencia perceptora de la ayuda.
Por otra parte, las bases incluyen que la persona arrendataria o titular del derecho de ocupación de la vivienda, o cualquier de las que en ella tengan su domicilio habitual, no debe tener parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con la persona que tenga la condición de alquiladora o cesionaria de la vivienda, excepto situaciones excepcionales debidamente justificadas por Servicios Sociales. Tampoco podrá ser socia o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como alquiladora o cesionaria.
Otra de las exigencias que deben cumplir los beneficiarios de esta línea es que se concede para “el pago del alquiler del precio o de cesión, u ocupación de la vivienda adecuada, de titularidad privada o sobre cualquier alojamiento o dotación residencial susceptible de ser ocupada por las personas beneficiaras citadas, en los mismos regímenes”.
La cuantía de la ayuda que se concede establecerá “atendiendo las circunstancias personales de la persona beneficiaria y de conformidad con el informe que, a estos efectos, se emita por los Servicios Sociales, hasta el cien por cien de la renta o precio de la vivienda o solución residencial a disfrutar en régimen de arrendamiento cesión de uso, o cualquier régimen de disfrute temporal admitido en derecho”, con un máximo en todo caso, de 600 euros al mes, durante un plazo de seis meses “siempre y cuando se mantengan las condiciones del otorgamiento”.
Las ayudas se concederán, previa justificación del gasto, para el pago de un máximo de seis meses de alquiler, siempre que se mantengan las condiciones de su otorgamiento y exista consignación presupuestaria y podrán ser aplicables, con carácter retroactivo, a los gastos devengados durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.
La concejala Fátima Jarjor ha señalado que estas ayudas se financian con una línea de subvenciones de la Generalitat y ha indicado que “toda la información, detalles y requisitos se pueden consultar íntegramente en la sede electrónica del Ayuntamiento, así como en el Centro Social”.
BASES